NOTA:
1.- El carácter canónico de nuestras celebraciones ha sido y es de Misas privadas.2.- Al lugar se le llama "Oratorio" por analogía, ya que sin el visto bueno del Ordinario ha sido y es sólo un domicilio particular sacerdotal y recientemente también las oficinas administrativas del Instituto del Buen Pastor.3.- Según el decreto del Papa Summorum Pontificum, todo sacerdote puede celebrar su Misa privada según la forma extraordinaria (cfr. art. 2), y los fieles que quieran pueden asistir a dicha celebración (cfr. art. 4), sin que sea necesaria ninguna otra autorización que la dada por el Papa.




Deo Gratias!

lunes, 8 de septiembre de 2008

Segundo aniversario de la erección canónica del Instituto del Buen Pastor
Padres fundadores del Instituto del Buen Pastor el dia de la erección canónica del Instituto, 8 de septiembre de 2006, en Roma: De Tanouarn, Laguérie, Aulagnier, Hery y Forestier. El primero a la izquierda, P. Fernando Guimarães, entonces secretario del Cardenal y hoy obispo de Guaranhuns; al centro, Su Eminencia Cardenal Dario Castrillón Hoyos. Al fondo, El Buen Pastor.

Creado a instancias del Santo Padre, el IBP, cumple dos años de existencia que no ha dejado, como toda obra de Dios, de estar marcada por el signo la Cruz... Fuente de la Gracia.

Cuán grande fue el entusiasmo de poder servir al Papa. Recordamos la alegría que despertó, no sólo en los sacerdotes que adherimos al joven Instituto sino entre la mayoría de los católicos fieles a la liturgia tradicional "como en los tiempos pasados y como en los años antiguos, dice el Señor omnipotente," (Mal·,4) ya que el Papa, reconociendo la legitimidad de su opción, creaba una instancia -entre otras- de reconocimiento de la libertad para todos los que quisieran alimentar así su fe y su vida espiritual, garántizandonos el poder hacerlo en comunión visible... Este entusiasmo y alegría se acompañaba de la confianza que daba por descontado de que la voluntad del Papa, así manifestada creando el IBP y más luego en su Motu Proprio, encontraría la más pronta comprensión episcopal dándonos la mejor acogida posible para servir a la unidad y ayudar a salir de la crisis liturgica que en las palabas mismas del Papa había llegado "al límite de lo soportable"...

Pero bien pronto se revelaría la realidad de los hechos. En medio de las enfermedades (que no han faltado), de las incomprensiones e inclusive de las defecciones, saboreamos la más amarga, pesada y dolorosa de las cruces que nos hace evocar y degustar algo de las 'Tribulaciones de la Sagrada Familia' que no encontró albergue digno para ofrecerle al Niño Dios que nacía... Ni pensar en la autorización episcopal para abrir un simple oratorio y muchísimo menos, por ahora en Latinoamérica, el obtener la erección de Parroquia Personal, prevista en el CIC, como se expresa en los documentos de la fundación, por parte de Roma y es mencionada de nuevo en el Decreto del Papa Summorum Pontificum.
Pero, como se sabe, con la Cruz vienen las gracias y esa 'espada de dolor', así como la que atraviesa el Corazón Inmaculado de Nuestra Señora -Patrona del IBP- ha servido, entre otras cosas, "... para que se descubran los pensamientos -ocultos- en los corazónes de muchos..." (Sn. Lc. 2, 35). ¡Deo Gratias!.

Buen servicio a la Iglesia, como lo define el Superior general, el Padre Laguérie, es ser (o el hacer parte de) el Crisol, en las manos del Papa, por el que pasará la reconciliación de la Iglesia:


"El Instituto es también el crisol de la recepción: de la manera como se nos tratará en los próximos años depende el futuro de la unidad de la Iglesia… que se lo quiera o no, es según este tratamiento que la reconciliación tendrá lugar o no, aunque sea deseable o no. No divago, mido mis observaciones. De dos lados, se lamentan en la crisis. ¿Nuestra diferencia? ¡Queremos salir! (de la crisis)"

Invitamos, en este aniversário del IBP, a todos para que nos unamos en un himno de acción de gracias a Nuestra Señora por todo lo que nos ha dado en estos dos años, encomendemos a quienes se nos han ido y pidamos por los que nos persiguen. Sepamos ofrecer, por manos de Ella, las dificultades que ciertamente traerán abundantes frutos para la Iglesia.

Nunca olvidemos:

¡Nuestra Señora es buena!
¡Nuestra Señora es muy buena!
¡Nuestra Señora es siempre buena!

P. Rafael Navas Ortiz

1 comentario:

Anónimo dijo...

Considero um absurdo lo que ha sio hecho con el ilustrisimo Profesor Orlando Fedeli. El IBP se ha quedado desacreditado. Ahora el único fiel es sin duda alguna o Professor Fedeli.


SUMMORUM PONTIFICUM CURA: Benedicto xVI da Via Libre a Misa Tradicional

El Santo Padre "Decreta que se obedezca lo mandado", por tanto Nadie puede exigir requisitos diferentes, ni a sacerdotes ni a fieles, a los establecidos en el documento Pontificio... AGNUS.

Algunas puntos de relevancia del Motu Proprio:
…habiendo sopesado todos los elementos, invocado el Espíritu Santo... por la presente Carta Apostólica, Apostólica
Decretamos LO SIGUIENTE:
Art. 1. ... es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa de acuerdo con la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 y nunca abrogado, como la forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia…

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.
...Art. 3. Si Comunidades o Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica de derecho pontificio o diocesano desean tener una celebración de la Santa Misa según la edición del Misal Romano … 1962 en una celebración conventual o comunitaria en sus propios oratorios, esto está permitido. …
Art. 4. … incluso los fieles..., pueden ser admitidos a la Santa Misa mencionada en el art. 2….
Art. 5, § 1. En parroquias donde un grupo de fieles adheridos a la previa tradición litúrgica existe de manera estable, que el párroco acepte a sus pedidos para la celebración de la Santa Misa de acuerdo al rito del Misal Romano… 1962. …
§ 2. La celebración … puede realizarse durante los días de semana,... los Domingos y días de fiesta debe haber sólo una de estas...
§ 3. Que el párroco permita celebraciones de esta forma… matrimonios, funerales o celebraciones ocasionales,...
§ 5. En las iglesias que no son ni parroquiales ni conventuales, es el Rector de la Iglesia quien concede el permiso arriba mencionado…
…Art. 7. Donde un grupo de fieles laicos,... no obtiene lo que solicita del párroco, debe informar al Obispo …. Al Obispo se le solicita seriamente acceder a su deseo. …
Art. 9, § 1….un párroco puede,... dar permiso para el uso del ritual más antiguo en la administración de los sacramentos del Bautismo, Matrimonio, Penitencia y Unción de los Enfermos, según sugiera el bien de las almas.
§ 2. Se concede a los Ordinarios la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación utilizando el anterior Misal Romano …
Art 10. Es lícito que el Ordinario local, ... erija una parroquia personal ...para las celebraciones según la forma anterior del Rito Romano o nombrar un rector o capellán,
Todo lo que es decretado por Nosotros mediante este Motu Proprio, ordenamos que sea firmado y ratificado para ser observado a partir del 14 de Septiembre de este año,…, pese a todas las cosas en contrario.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 7 de julio en el Año del Señor de 2007, Tercero de nuestro Pontificado. BENEDICTO XVI

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EXULTET IBP