NOTA:
1.- El carácter canónico de nuestras celebraciones ha sido y es de Misas privadas.2.- Al lugar se le llama "Oratorio" por analogía, ya que sin el visto bueno del Ordinario ha sido y es sólo un domicilio particular sacerdotal y recientemente también las oficinas administrativas del Instituto del Buen Pastor.3.- Según el decreto del Papa Summorum Pontificum, todo sacerdote puede celebrar su Misa privada según la forma extraordinaria (cfr. art. 2), y los fieles que quieran pueden asistir a dicha celebración (cfr. art. 4), sin que sea necesaria ninguna otra autorización que la dada por el Papa.




"Líbranos del fuego del infierno..."

sábado, 21 de junio de 2008

Para nuestra salud y remedio


R.P. Rafael Navas Ortiz IBP

El Papa nos recordó recientemente esa verdad de fe sobre la existencia real del Infierno como un lugar físico que no está vacío. También SS. pidió que los sacerdotes predicáramos con más frecuencia sobre los novísimos; esta catequesis del Santo Padre no es más que un eco de la enseñanza constante de la Iglesia y de los Santos, algunos de los cuales tuvieron la experiencia mística de conocer el Infierno mismo considerando este hecho como una gran gracia; gracia "la más insigne" -como la llama Santa Teresa de Jesús en su autobiografía (cap. 32). En la Sagradas Escrituras, esta realidad del Infierno es mencionada más de 150 veces; de las cuales más de 73 en el Nuevo Testamento directamente por Nuestro Señor, mientras que del Bautismo sólo habla una vez. Y siendo Dios quien nos habla, bastaba una sola vez que lo hubiera dicho, para tener que creerle. Si no existiera, ¿de qué nos salvó Dios? daría lo mismo cualquier comportamiento.




La Fe en esta verdad fundamental y salvadora, tan escamoteada y/o negada directamente por los modernistas de todos los pelambres, nos fue impresionante y misericordiosamente recordada por Nuestra Señora a los hombres por medio de los tres Pastorcitos en Fátima. Para percibir algo de lo que vieron estos niños, basta comparar una fotografía normal de los videntes de Fátima con las que les tomaron, en el momento de la visión del Infierno, los periodistas de la Prensa laicista enviados para burlarse y negar los hechos. Así, los contratados para desvirtuar los acontecimientos, dejaron registrado en sus fotografías la transformación profunda de los rostros infantiles reflejando su impresión causada por la "visión del Infierno" que constituye una parte del llamado "Secreto de Fátima".


Les recuerdo mis lectores que no quieren creer (o que lo hayan olvidado voluntariamente o no) lo que siempre creyó la Iglesia sobre el Infierno: Existe y para ir allá No se necesita creer; y es más: es por no creer que allí se va; para no ir hay que comenzar por creer. No por cerrar los ojos se suprime la realidad. El hombre de fe. es aquel que ve las cosas tal y como ellas son (como Dios las reveló) y no como a él le gustaría que fueran (relativismo modernista). Ayudarnos a evitar el Infierno es ciertamente la intención misericordiosa de Nuestra Señora al recordarnoslo en ésta parte de su Mensaje que prevé el actual clima de "apostasía silenciosa" -como lo describió el Papa Juan Pablo II- que campea hace decadas sobre grandes parcelas al interior de la Santa Iglesia y causa la condenación de tantas almas como lo describen los niños de Fátima.

No fue por nada que Nuestra Señora nos ayudara enseñandonos, por medio de los Pastorcitos, la Oración* para rezar después de cada decena del Rosario:

¡Oh. Jesús mío!, perdónanos, líbranos del fuego del infierno, lleva a todas las almas al cielo, principalmente a las que más lo necesiten.

* Circulan diversas formulaciones de esta jaculatoria recomendada por Nuestra Señora. Pequeñas variantes aparecen hasta en los manuscritos y entrevistas de la Hna. Lucía. La que registramos se encuentra en “Memorias IV” (El Futuro de España en los documentos de Fátima, p. 136) y fue confirmada por la vidente en su entrevista con el famoso escritor católico norteamericano William T. Walsh (Idem., pp. 276-277).

Abajo he puesto un vídeo bastante espeluznante, sobre una supuesta grabación que podría ser los gritos de los condenados al infierno. Esto coincide no sólo con el Secreto de Fátima que es más explícito por ser una visión, sino también con el relato de muchos Santos como el siguiente de Santa Liduvina de Shiedam, cuando fue llevada en espíritu por su Ángel de la Guarda a lo más profundo del Purgatorio: "Instantáneamente, su Ángel la condujo a un lugar de espantosas torturas. «¿Es esto el infierno hermano mío?» preguntó la Santa dama sobrecogida de horror. «No, hermana», le contestó el Ángel, «pero esta parte del Purgatorio está en el límite con el Infierno». Mirando hacia todos lados, vio ella lo que se asemejaba a una inmensa prisión, rodeada con murallas de una prodigiosa altura, cuya oscuridad, junto con las monstruosas piedras, la llenaron de horror. Acercándose a este gigantesco enclaustramiento, ella oyó un ruido confuso de lamentos, gritos de furia, cadenas, instrumentos de tortura, golpes violentos que los verdugos descargaba contra sus víctimas. Este ruido era tal que todo el tumulto del mundo, en tempestad o batalla, no podría tener comparación con el. «¿Que es entonces este horrible lugar?» pregunto Santa Liduvina a su buen Ángel. «¿Deseas que te lo muestre?» «No, te lo suplico», dijo sobrecogida de terror, «el ruido que oigo es tan aterrador que no puedo seguir escuchándolo; ¿Como puedo, entonces, soportar la vista de esos horrores?»


Las Voces del Infierno



¡Gracias Dios mío por Redimirnos!!!...
¡Ten Misericordia de nosotros!!!!






¡Gracias Vírgen Santísima por advertirnos previniendo esta ola de negación de la Fe que invade al mundo!!!. ¡Ruega por nosotros!!!


¡Gracias Santo Padre por confirmarnos en la Fe!!!!... ¡ Virgen Santísima, dadle al Papa fotaleza para defendernos de los lobos!!!






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SUMMORUM PONTIFICUM CURA: Benedicto xVI da Via Libre a Misa Tradicional

El Santo Padre "Decreta que se obedezca lo mandado", por tanto Nadie puede exigir requisitos diferentes, ni a sacerdotes ni a fieles, a los establecidos en el documento Pontificio... AGNUS.

Algunas puntos de relevancia del Motu Proprio:
…habiendo sopesado todos los elementos, invocado el Espíritu Santo... por la presente Carta Apostólica, Apostólica
Decretamos LO SIGUIENTE:
Art. 1. ... es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa de acuerdo con la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 y nunca abrogado, como la forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia…

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.
...Art. 3. Si Comunidades o Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica de derecho pontificio o diocesano desean tener una celebración de la Santa Misa según la edición del Misal Romano … 1962 en una celebración conventual o comunitaria en sus propios oratorios, esto está permitido. …
Art. 4. … incluso los fieles..., pueden ser admitidos a la Santa Misa mencionada en el art. 2….
Art. 5, § 1. En parroquias donde un grupo de fieles adheridos a la previa tradición litúrgica existe de manera estable, que el párroco acepte a sus pedidos para la celebración de la Santa Misa de acuerdo al rito del Misal Romano… 1962. …
§ 2. La celebración … puede realizarse durante los días de semana,... los Domingos y días de fiesta debe haber sólo una de estas...
§ 3. Que el párroco permita celebraciones de esta forma… matrimonios, funerales o celebraciones ocasionales,...
§ 5. En las iglesias que no son ni parroquiales ni conventuales, es el Rector de la Iglesia quien concede el permiso arriba mencionado…
…Art. 7. Donde un grupo de fieles laicos,... no obtiene lo que solicita del párroco, debe informar al Obispo …. Al Obispo se le solicita seriamente acceder a su deseo. …
Art. 9, § 1….un párroco puede,... dar permiso para el uso del ritual más antiguo en la administración de los sacramentos del Bautismo, Matrimonio, Penitencia y Unción de los Enfermos, según sugiera el bien de las almas.
§ 2. Se concede a los Ordinarios la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación utilizando el anterior Misal Romano …
Art 10. Es lícito que el Ordinario local, ... erija una parroquia personal ...para las celebraciones según la forma anterior del Rito Romano o nombrar un rector o capellán,
Todo lo que es decretado por Nosotros mediante este Motu Proprio, ordenamos que sea firmado y ratificado para ser observado a partir del 14 de Septiembre de este año,…, pese a todas las cosas en contrario.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 7 de julio en el Año del Señor de 2007, Tercero de nuestro Pontificado. BENEDICTO XVI

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EXULTET IBP