NOTA:
1.- El carácter canónico de nuestras celebraciones ha sido y es de Misas privadas.2.- Al lugar se le llama "Oratorio" por analogía, ya que sin el visto bueno del Ordinario ha sido y es sólo un domicilio particular sacerdotal y recientemente también las oficinas administrativas del Instituto del Buen Pastor.3.- Según el decreto del Papa Summorum Pontificum, todo sacerdote puede celebrar su Misa privada según la forma extraordinaria (cfr. art. 2), y los fieles que quieran pueden asistir a dicha celebración (cfr. art. 4), sin que sea necesaria ninguna otra autorización que la dada por el Papa.




Juventutem de Argentina entrevista al Padre Navas

domingo, 27 de enero de 2008

+ Entrevista al Padre Rafael Navas Ortiz (IBP) +
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Juventutem de Argentina agradece muchísimo al R. Padre Navas Ortiz su disponibilidad, sabemos que es una persona muy ocupada y su tiempo tiene un gran valor para todos nosotros. Estas preguntas surgieron de las dudas más habituales entre nosotros:

"Como ser católicos de Rito Extraordinario sin ofender a las jerarquías eclesiásticas"

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1)¿Cómo debemos tratar a los que critican al Vaticano desde la "Tradición" tildándolo de "herejes modernistas"?
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R/ 1º, Hay y habrá hasta el fin del mundo, por permisión de Dios, trigo mezclado con cizaña en el campo de la Iglesia. San Pío X denunció la presencia del Modernismo en el interior de la Iglesia y esa presencia hoy está muy activa queriendo impedir, de varias formas, la realización de la voluntad del Papa. El juicio actual sobre una realidad cambiante, para ser verdadero, debe tener en cuenta la situación concreta de hoy so pena de equivocarse. Se debe rezar por todos ellos (los unos y los otros) y procurar que vean que aunque la crisis no se ha solucionado enteramente las cosas están cambiando para bien y es obligación para todo buen católico ayudar. Apoyar al Papa que enfrenta a los lobos y como él lo pidio: rezar para que no tenga miedo y no retroceda ante ellos. Cada uno debe, en la medida de sus posibilidades, estudiar y difundir la sana doctrina garantizada por la Tradición.
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2)¿Cuál es el rol del Seglar en la Evangelización Tradicional?
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R/ El mismo que siempre ha tenido en la historia de la Iglesia en la que a veces ha sido definitivo en la mantención de la Fe. Laicos preparados y activos, son la mejor ayuda al apostolado de la Fe. Su rol se encuentra especificado y garantizado por el Derecho canónico (cfr. cánon 212).
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3) ¿Qué rol cumplirían los actuales jóvenes en la Evangelización, dentro de un marco Tradicional?
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R/ Aparte de su preparación en el conocimiento de la doctrina, su concurso en el esplendor del culto (Catequesis, ceremonias, peregrinaciones, adoración al Smo. Sacramento, procesiones, coral, etc.) que atrae tanto y convierte a muchos hombres modernos, con su generosidad pueden aportar sus iniciativas apostólicas en defensa de la Fe que es tan vilipendiada en el contexto cultural neopagano que inunda de iniquidad la sociedad moderna.
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4) ¿Qué servicio creé que podemos prestar, dentro de los límites de nuestra condición, los Seglares, a la gran obra de la restauración tradicional?
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R/ Ya se vislumbró en lo dicho anteriormente; pero recordemos que: Ningún servicio sería encomiable apostólicamente sin la condición de querer y buscar que se "haga la Voluntad de Dios así en la Tierra como en el Cielo..." La disposición personal a esa lucha es irrenunciable si queremos salvarnos ayudando a salvar a otros... Para lo cual el concurso de la gracia (don sobrenatural) es indispensable... la vocación a la santidad no es vocación exclusiva del estado consagrado, aunque de hecho todos estamos consagrados, ya de alguna manera, por el Bautismo, que nos hace hijos de Dios, ocupemos el lugar que ocupemos en la Sociedad visible de la Iglesia de la que somos parte. Les recomiendo la lectura atenta y la práctica de ese clásico abandonado por el modernismo: "El alma de todo apostolado" de Dom Chautard (OSB).
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5) ¿Cómo es el vínculo entre la Fe que se expresa y la Fe que se vive en la Doctrina Tradicional de la Iglesia?
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R/ "El justo vive de la Fe"... "No se cae una hoja de un árbol, sin que Dios lo permita" "Buscad primero el Reino de Dios y su justicia...". La visión de la Fe debe ser la atmosfera en que se vive, en lo permanente, tener los criterios verdaderamente catòlicos, para entender el verdadero sentido de los acontecimientos, tanto personales como sociales; individuales como familiares; privados como públicos. Hay que vivir como se piensa so pena de, más tarde o más temprano, terminar pensando como vivió. El mayor ataque a la Iglesia y por ende a la Fe, es la imposición de una cultura radicalmente relativista, que causa la condena de tantas almas como la Santísima Virgen lo mostró a los niños en Fátima... La Dictadura del Relativismo denunciada por el Papa ha puesto a vivir en la amoralidad a tantos creyentes que van perdiendo la Fe y arriesgan facilmente asì perder el alma; la mejor ilustración de dicha mentalidad apóstata es el falaz estribillo tan repetido hoy: "soy católico a mi manera".
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6) ¿Del concilio Vaticano II que es discutible y que no lo es?
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R/ Eso no depende de la opinión que se tenga o de la información que se posea; es un hecho establecido objetivamente: Nada de lo que se afirma en el Concilio, por el sólo hecho de ser afirmado en el Concilio, es indiscutible... y lo que hay de indicutible es porque ya lo era antes del mismo Concilio, y lo será siempre, es por ser parte y reafirmación de la enseñanza anterior al Concilio, garantizada por la infalibilidad de la Iglesia. Es así que el Papa puede condenar el llamado "espíritu del Concilio" y pedir colaboración en "la hermenéutica de la continuidad" con una crítica constructiva del Concilio que le permita a él (que es el único que puede hacerlo) dar finalmente la "recepción auténtica" de los documentos conciliares. El ya había advertido la gravedad de hacer del Concilio el "Super Dogma", cuando en realidad, como lo declararon, en varias instancias, los Papas del Concilio, su dimensión es mucho más modesta: Es pastoral y por lo tanto no define nada nuevo, concientemente se quizo que así fuera. (cfr, entre otras declaraciones el Discurso a la Curia Romana en Navidad del 2005 y la Alocución del Cardenal Ratzinger a las Conferencias de Obispos de Chile, Argentina y Colombia en Julio de 1988).
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7) ¿Puede uno resistirse por conciencia a participar de la liturgia Novus Ordo sin quedar dividido de la comunión con el resto de la Iglesia?
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R/ Es lo que ha pasado con muchos segmentos de la Iglesia llamados "Tradicionalistas" para los cuales el Papa no sólo reconocen que su actitud no por nostalgia o apego desordenado al pasado y pide que no sean injustamente tratados como católicos de 3ª categoría o incluso como excomulgados, han sufrido y aún en muchos casos, una discriminación sin precedentes, por parte de muchos obispos en contraste con una permisividad y tolerancia casi indiscriminada hacia cualquier cosa. Es la queja del propio Cardenal Ratzinger en varias de sus publicaciones... es justamente eso lo que quiere acabar el Papa con la aplicación del "Motu Proprio" ¿A caso el Rito en su modo extraodinario no manifiesta perfectamente o plenamente la Comunión con toda la Iglesia (militante, purgante y triunfante)? ¿Los que se niegan a celebrar con el Rito en su modo extraordinario se considerarían, por eso, como fuera de la Comunión? pensarlo sería tan injusto como lo contrario. Lo importante es que por pricipio no se tenga como inválido el NOM en la legitimidad de su promulgación; legitimidad "ab origine" y validez en su efecto, como lo ha explicad el Padre Laguerie en varias de sus repuestas en su Blog de internet, por ejemplo en "Del Blog del P. Laguérie: "¿Es necesario repetírselo?".
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8) ¿Y dentro de la filosofía tradicional de la Iglesia, puede ser para un católico cuestionable la liturgia tradicional?
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R/ No; sería marca clara de ruptura con la Tradición... esa es una de las preocupaciones del Papa que lo llevo decretar su Motu Proprio en el que entre otras cosas nos dice que dicha Liturgia nunca ha sido abrogada...
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9) ¿En qué puede ser infalible el Papa y en qué no?
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R/El Papa es infalible sólo en materia de Fe y moral, cuando manifiesta que quiere serlo y define para toda la Iglesia obligando a creer como parte de la Revelación... El es libre de dar el valor y la autoridad que quiera a cada declaración documento o pronunciamiento; si el Papa no manifiesta el deseo de obligar o definir, para toda la Iglesia una doctrina de fe o moral no compromete el carisma de la Infalibilidad. Justamente fue la voluntad expresa del los Papas, antes, en y después del Concilio que limitaron su autoridad a ser un Concilio meramente Pastoral sin comprometer, en sí mismo, la infalibilidad. No se encuentra ninguna manifestación de la voluntad de obligar y menos de definir alguna doctrina por parte de los Papas. Dicho sea de paso, eso fue lo que permitió los pronunciamientos mencionados del Actual Papa al respecto del Concilio.
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Agradecemos, tambien, la generosa colaboración de Eduardo Beltran.
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Pax et Bonum,
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Felisa López Imizcoz

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SUMMORUM PONTIFICUM CURA: Benedicto xVI da Via Libre a Misa Tradicional

El Santo Padre "Decreta que se obedezca lo mandado", por tanto Nadie puede exigir requisitos diferentes, ni a sacerdotes ni a fieles, a los establecidos en el documento Pontificio... AGNUS.

Algunas puntos de relevancia del Motu Proprio:
…habiendo sopesado todos los elementos, invocado el Espíritu Santo... por la presente Carta Apostólica, Apostólica
Decretamos LO SIGUIENTE:
Art. 1. ... es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa de acuerdo con la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 y nunca abrogado, como la forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia…

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.
...Art. 3. Si Comunidades o Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica de derecho pontificio o diocesano desean tener una celebración de la Santa Misa según la edición del Misal Romano … 1962 en una celebración conventual o comunitaria en sus propios oratorios, esto está permitido. …
Art. 4. … incluso los fieles..., pueden ser admitidos a la Santa Misa mencionada en el art. 2….
Art. 5, § 1. En parroquias donde un grupo de fieles adheridos a la previa tradición litúrgica existe de manera estable, que el párroco acepte a sus pedidos para la celebración de la Santa Misa de acuerdo al rito del Misal Romano… 1962. …
§ 2. La celebración … puede realizarse durante los días de semana,... los Domingos y días de fiesta debe haber sólo una de estas...
§ 3. Que el párroco permita celebraciones de esta forma… matrimonios, funerales o celebraciones ocasionales,...
§ 5. En las iglesias que no son ni parroquiales ni conventuales, es el Rector de la Iglesia quien concede el permiso arriba mencionado…
…Art. 7. Donde un grupo de fieles laicos,... no obtiene lo que solicita del párroco, debe informar al Obispo …. Al Obispo se le solicita seriamente acceder a su deseo. …
Art. 9, § 1….un párroco puede,... dar permiso para el uso del ritual más antiguo en la administración de los sacramentos del Bautismo, Matrimonio, Penitencia y Unción de los Enfermos, según sugiera el bien de las almas.
§ 2. Se concede a los Ordinarios la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación utilizando el anterior Misal Romano …
Art 10. Es lícito que el Ordinario local, ... erija una parroquia personal ...para las celebraciones según la forma anterior del Rito Romano o nombrar un rector o capellán,
Todo lo que es decretado por Nosotros mediante este Motu Proprio, ordenamos que sea firmado y ratificado para ser observado a partir del 14 de Septiembre de este año,…, pese a todas las cosas en contrario.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 7 de julio en el Año del Señor de 2007, Tercero de nuestro Pontificado. BENEDICTO XVI

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EXULTET IBP