NOTA:
1.- El carácter canónico de nuestras celebraciones ha sido y es de Misas privadas.2.- Al lugar se le llama "Oratorio" por analogía, ya que sin el visto bueno del Ordinario ha sido y es sólo un domicilio particular sacerdotal y recientemente también las oficinas administrativas del Instituto del Buen Pastor.3.- Según el decreto del Papa Summorum Pontificum, todo sacerdote puede celebrar su Misa privada según la forma extraordinaria (cfr. art. 2), y los fieles que quieran pueden asistir a dicha celebración (cfr. art. 4), sin que sea necesaria ninguna otra autorización que la dada por el Papa.




Cinco nuevos sacerdotes para el I.B.P.

domingo, 23 de septiembre de 2007


Ayer a las 09h30, S.E. el Cardenal Dario Casrtillón Hoyos procedió a la ordenación sacerdotal de cinco nuevos sacerdotes, para el Instituto del Buen Pastor, en presencia del Cardenal Arzobispo de BORDEAUX - esta ceremonia magnifica se desarrolló en la iglesia St Eloi en presencia de una asistencia fervorosa y muy numerosa (más de 500 asistentes decía la TV) - la coral ha realzado la Misa interpretando impecablemente el repertorio gregoriano lo mismo que cantos polifónicos - numerosos sacerdotes pertenecientes a diversos institutos y fraternidades tradicionales estaban presentes para imponer las manos a los nuevos ordenados - una pantalla gigante fue puesta al exterior para permitir a los fieles seguir la ceremonia - la lluvia estaba presente en la cita (pero ella era la imagen de la lluvia de gracias vertidas por el Señor sobre Su Iglesia y sus fieles) -
Demos gracias a Dios por esta ceremonia.
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actualidades 16 septiembre 2007
Ordenaciones Sacerdotales
El Sábado 22 de septiembre 2007 a las 9 H 30
En la iglesia San Eloi (1, rue Saint Eloi 33000 Bordeaux)

En presencia de Su Eminencia el Cardenal Jean-Pierre RICARD (Arzobispo de Bordeaux
Bazas & Presidente de la Conferencia Episcopal Francesa), Su Eminencia el Cardenal DARIO CASTRILLON HOYOS (Presidente de la comisión Pontificia Ecclesia Dei) procedió a la ordinación de cinco sacerdotes, en el rito gregoriano, rito del Papa Gregorio (590-604) como del Beato Juan XXIII (1958-1964)

Un año después de la erección del Instituto del Buen Pastor, el 8 de septiembre de 2006 (Instituto de Derecho Pontificio de rito propio) y una semana después de la entrada en vigor del Motu Proprio del Papa Benedicto XVI restableciendo en los hechos esta liturgia que es el tesoro de toda la Iglesia, el Padre Philippe Laguérie, su superior general, ve en este nuevo gesto, la marca evidente de la benevolencia de las autoridades romanas hacia la Tradición de la Iglesia. El invita a los fieles a unirse al IBP en la acción de Gracias!

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SUMMORUM PONTIFICUM CURA: Benedicto xVI da Via Libre a Misa Tradicional

El Santo Padre "Decreta que se obedezca lo mandado", por tanto Nadie puede exigir requisitos diferentes, ni a sacerdotes ni a fieles, a los establecidos en el documento Pontificio... AGNUS.

Algunas puntos de relevancia del Motu Proprio:
…habiendo sopesado todos los elementos, invocado el Espíritu Santo... por la presente Carta Apostólica, Apostólica
Decretamos LO SIGUIENTE:
Art. 1. ... es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa de acuerdo con la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 y nunca abrogado, como la forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia…

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.
...Art. 3. Si Comunidades o Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica de derecho pontificio o diocesano desean tener una celebración de la Santa Misa según la edición del Misal Romano … 1962 en una celebración conventual o comunitaria en sus propios oratorios, esto está permitido. …
Art. 4. … incluso los fieles..., pueden ser admitidos a la Santa Misa mencionada en el art. 2….
Art. 5, § 1. En parroquias donde un grupo de fieles adheridos a la previa tradición litúrgica existe de manera estable, que el párroco acepte a sus pedidos para la celebración de la Santa Misa de acuerdo al rito del Misal Romano… 1962. …
§ 2. La celebración … puede realizarse durante los días de semana,... los Domingos y días de fiesta debe haber sólo una de estas...
§ 3. Que el párroco permita celebraciones de esta forma… matrimonios, funerales o celebraciones ocasionales,...
§ 5. En las iglesias que no son ni parroquiales ni conventuales, es el Rector de la Iglesia quien concede el permiso arriba mencionado…
…Art. 7. Donde un grupo de fieles laicos,... no obtiene lo que solicita del párroco, debe informar al Obispo …. Al Obispo se le solicita seriamente acceder a su deseo. …
Art. 9, § 1….un párroco puede,... dar permiso para el uso del ritual más antiguo en la administración de los sacramentos del Bautismo, Matrimonio, Penitencia y Unción de los Enfermos, según sugiera el bien de las almas.
§ 2. Se concede a los Ordinarios la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación utilizando el anterior Misal Romano …
Art 10. Es lícito que el Ordinario local, ... erija una parroquia personal ...para las celebraciones según la forma anterior del Rito Romano o nombrar un rector o capellán,
Todo lo que es decretado por Nosotros mediante este Motu Proprio, ordenamos que sea firmado y ratificado para ser observado a partir del 14 de Septiembre de este año,…, pese a todas las cosas en contrario.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 7 de julio en el Año del Señor de 2007, Tercero de nuestro Pontificado. BENEDICTO XVI

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EXULTET IBP