NOTA:
1.- El carácter canónico de nuestras celebraciones ha sido y es de Misas privadas.2.- Al lugar se le llama "Oratorio" por analogía, ya que sin el visto bueno del Ordinario ha sido y es sólo un domicilio particular sacerdotal y recientemente también las oficinas administrativas del Instituto del Buen Pastor.3.- Según el decreto del Papa Summorum Pontificum, todo sacerdote puede celebrar su Misa privada según la forma extraordinaria (cfr. art. 2), y los fieles que quieran pueden asistir a dicha celebración (cfr. art. 4), sin que sea necesaria ninguna otra autorización que la dada por el Papa.




viernes, 31 de agosto de 2007

El Santo sacrificio de la Misa encierra el misterio de nuestra fe, el dogma por excelencia de la Fe

HIC EST ENIM CÁLIX SÁNGUINIS MEI,
NOVI ET AETÉRNI TESTAMÉNTI: MISTERIUM FIDEI:
QUI PRO VOBIS ET PRO MULTIS
EFUNDETUR IN REMISIONEM PECCATORUM

(Palabras de la consagración del vino)

P. Rafael Navas Ortiz

Indice


INTRODUCCIÓN

El Santo Sacrificio de la Misa encierra el misterio de nuestra Fe, el dogma por excelencia de la Fe.

“Misterio escondido desde tantos siglos en Dios”...

El Santo Cura de Ars dice que es incomprensible para las fuerzas humanas: “Ni el Sacerdote que celebra la Misa puede comprender el valor de una Misa; si comprendiera moriría, ya sea de temor o temblor ante poder tan grande otorgado a una criatura tan frágil y tan débil... o moriría de amor agradeciéndole a Dios por haberlo escogido para un ministerio tan sublime”.... “tal vez en la otra vida comprendamos algo del valor que tiene una Misa”.

San Juan Eudes dice que “se necesitaría una eternidad para preparar una Misa, otra eternidad para celebrarla y una eternidad para dar gracias por haberla celebrado”.

El Padre San Pío de Pietrelcina afirma que “el mundo podrá existir sin sol, pero no sin la Santa Misa”.

Estando dada la infinitud de lo que es el acto más grande que puede existir, aquí vamos a tratar de aproximarnos al misterio de nuestra Fe y concientes de nuestra indignidad, balbucearemos como un infante que aprende repitiendo lo que oye de su madre; para esto, lo haremos a la luz de la enseñaza y práctica secular de nuestra Madre la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana.

La Misa es el centro y el corazón de la Iglesia, el alfa y el omega.

Todo parte del amor misericordioso, del amor de Dios por la criatura: la crea y la redime “todo lo que fue hecho sin El no fue hecho”.

El acto creador de Dios corresponde a su deseo de difundir, fuera de Sí, el ser, el bien, la belleza que en El existen de modo esencial. “Bonum difusivum sui”. El bien es difusivo de por sí. Crea con orden, belleza, bondad, etc.; Dios refleja sus perfecciones en la obra creada... pero El quiere comunicar aún más, quiere comunicar su vida intima: La felicidad suprema de las relaciones trinitarias... ¿Crear otro Dios? Es imposible, no puede haber dos infinitos… y por decirlo así, (al modo humano) Dios decide crear un ser que fuera como una síntesis de la creación (un cuadro sinóptico) que contuviera en sí todos los elementos del orden creado: Ser, mineral, animal, y espíritu, para, uniéndose a él, unirse a su creación completa y así, por la unión de las dos naturalezas, divina y humana (en la Unica Persona divina del Verbo Encarnado) toda la creación participaría de la felicidad intima, del gozo sempiterno de las relaciones trinitarias:

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Consagración del Instituto del Buen Pastor en América Latina a la Santísima Virgen

Per ipsum


¡Ave María Purísima!

Consagración del Instituto del Buen Pastor en América Latina a la Santísima Virgen
en la fiesta de Santa María de Guadalupe
(12-dic-2006)

¡Oh! Santísima Virgen María, Madre de Dios, Reina del Cielo y de la Tierra, que en tus designios misericordiosos habéis honrado estas tierras de América con Vuestra presencia en tantos santuarios acompañando y bendiciendo el apostolado de los misioneros que hicieron de ellas, otros tantos dominios de Vuestro Divino Hijo.

Mirad nuevamente con ojos compasivos el estado actual de la Cristiandad, bendecid y acompañad el apostolado por la restauración de la Tradición Doctrinaria y Litúrgica especialmente en Vuestros dominios ¡oh! Emperatriz de las Américas como os declaró el Vicario de Cristo en vuestra advocación de Nuestra Señora de Guadalupe.

A Vos recurrimos y consagramos la misión encomendada por la Santa Iglesia al Instituto del Buen Pastor; misión imposible, con nuestros escasos recursos y nuestras débiles fuerzas, pero que asumimos llenos de confianza y amor en este nuevo aniversario de Vuestra primera aparición en el Nuevo Mundo.

Agradecidos por Vuestra soberana intervención en la historia de la Evangelización y en medio de estos perturbados tiempos de “apostasía silenciosa” a Vos nos entregamos poniendo todo nuestro ser y el apostolado del Instituto del Buen Pastor (IBP), erigido canónicamente en el aniversario de Vuestra Natividad, quedando a Vuestra entera disposición como instrumentos para el combate contra el Poder de las tinieblas.

Por lo tanto, os consagramos las Parroquias, sus casas, sus seminarios (actuales y futuros), lo mismo que cada una de las Patrias de nuestro continente, cuyo pasado, presente y futuro Os pertenecen como Soberana y Madre. Que sus sacerdotes se conformen a Vuestro Divino Hijo, El Buen Pastor. Y Vos ¡oh! Divina Pastora, conservadlos fieles a la Misión recibida de la Santa Iglesia: que guarden y transmitan íntegramente el Depósito de la Fe proclamado en la celebración de los Santos Misterios, teniendo como Rito propio y exclusivo la liturgia Gregoriana, garantizada por el Magisterio infalible de la Iglesia, ratificada, explicada y perpetuada especialmente en el Concilio de Trento y canonizada por SS. San Pío V.

¡Oh! Santísima Virgen María, Madre de la Divina Víctima Eucarística, dadnos la Gracia de volver al Orden querido por Dios, a la real Adoración, Honor y Gloria a Nuestro Señor Jesucristo Sacramentado, para apresurar así la Venida de la Hora bendita que será el Triunfo Histórico de Vuestro Inmaculado Corazón. Es decir: la exaltación de la Santa Madre Iglesia Católica Romana, realizando el anhelo de Vuestro Divino Hijo: la conversión de los hombres para formar un solo rebaño bajo un solo Pastor, Jesucristo Nuestro Señor, representado en la persona de Su Vicario en la tierra.

Que todo sea para la Mayor Gloria de Dios y salvación de las almas. Amén.

La Serena, 12 de Diciembre 2006

Documentación, decreto y nombramientos

Per ipsum


Documentación

Decreto y Nombramientos


Jean Pierre, Cardenal Ricard, Arzobispo de Burdeos
Eglise Catholique en Gironde

Por decisión de Monseñor el Arzobispo

De acuerdo con el cánon 518 y luego de haber consultado al consejo presbiteral, se ha constituido una parroquia personal para los sacerdotes y los fieles laicos que desean celebrar la liturgia utilizando los libros litúrgicos en vigor en 1962.

Monseñor el Arzobispo llama al Instituto del Buen Pastor para que se haga cargo de esta parroquia.

Se ha establecido un convenio entre las dos partes durante un período ad experimentum de 5 años, período fijado por la Santa Sede para el Instituto del Buen Pastor.

Los oficios y celebraciones de esta parroquia tendrán lugar exclusivamente en la Iglesia Parroquial de Saint Eloi.

El Rvdo. Padre Philippe LAGUERIE, Superior general, es nombrado, por 5 años, párroco de esta parroquia.

El Rvdo. Padre Christophe HERY, con el acuerdo del Superior general, P. Philippe Laguerie, es nombrado sacerdote cooperador.

En Burdeos, el primero de febrero de 2007.

Rvdo. Padre Pierre GRENIE Jean Pierre, Cardenal Ricard
Canciller Arzobispo de Burdeos

Nombramiento del Superior

El IBP en Latinoamerica

El Superior General del IBP Abbé Philippe LAGUERIE nombro al Padre Rafael Navas Ortiz como superior de distrito de América Latina:


Instituto del Buen Pastor
Iglesia Saint-Eloi
El Superior General
Abbé Philippe
LAGUERIE

1ro Noviembre 2006


Por la presente carta, nombro al Padre Rafael Navas Ortiz superior de distrito de América Latina del Instituto del Buen Pastor. El debe reunir a todos los sacerdotes que quieran trabajar con nosotros y presentarlos a nuestra incardianción, después de su aprobación.

Que nuestra Señora de Guadalupe lo bendiga en esta inmensa labor.

Nombreación del Padre Navas el Superior General del IBP en Latinoamérica

Parábola del Buen Pastor

"Os aseguro esto: Cualquiera que, en vez de entrar por la puerta, salta la cerca para meterse en el redil de las ovejas, es un ladrón y salteador.

El Buen Pastor

El verdadero pastor entra por la puerta: el portero le abre y las ovejas oyen su voz y van adonde él está. Él las llama por su nombre y las saca del redil; y cuando ya ha sacado todas las ovejas camina delante de ellas, y ellas le siguen porque conocen su voz. En cambio, no siguen a un extraño, sino que huyen de él porque su voz les es desconocida.

Los presentes no lograban entender aquella alegoría que Jesús les había expuesto. Por eso volvió a hablarles, y les dijo:

Yo soy la puerta por donde entran las ovejas. Todos los que han venido antes de mí han sido ladrones y salteadores, y las ovejas no los escucharon. Sí, yo soy la puerta, y los que entren por esta puerta se salvarán; podrán entrar y salir, y hallarán pastos verdes. El ladrón sólo viene a robar, matar y destruir; pero yo he venido para darles vida, una vida rica y permanente.

Yo soy el buen pastor. El buen pastor da su vida por sus ovejas; pero el que trabaja solamente por la paga, cuando ve venir al lobo deja las ovejas y huye, porque no es el pastor y porque las ovejas no son suyas. Y el lobo ataca a las ovejas y las dispersa en todas direcciones. Ese hombre huye porque lo único que le importa es la paga, y no las ovejas.

Yo soy el buen pastor. Así como mi Padre me conoce a Mí y Yo conozco a mi Padre, así también yo conozco a mis ovejas y ellas me conocen a mí. Yo doy la vida por las ovejas.

Además de estas ovejas, tengo otras que no son de este redil. También a ellas debo traerlas conmigo; oirán mi voz, y habrá un solo rebaño y un solo pastor. El Padre me ama porque yo pongo mi vida para recuperarla después.

Nadie va a quitármela, sino que yo mismo la ofrezco voluntariamente, porque tengo el poder de ofrecerla y el poder de recuperarla, de acuerdo con el mandato que recibí de mi Padre."
(San Juan 10: 1-18)

Preguntas frecuentemente planteadas

Preguntas frecuentemente planteadas

¿Cómo celebraron tan rápidamente un “acuerdo” con Roma?

Las circunstancias providenciales que todos conocen quisieron que fuéramos solos a Roma a pedir lo que finalmente obtuvimos - gracias al papa y al cardenal Castrillón - con una rapidez que pudo sorprender (pero nos habíamos tomado contacto con Roma a partir de abril de 2006). La solución no podía venir sino de Roma y siempre hemos considerado como un mal - no como una ventaja - hecho de ser rechazados de la comunión jurídica de la Iglesia. El papa es el jefe de la Iglesia. Hizo, el 8 de septiembre, un acto de Gobierno. Mostró su voluntad explícita de apoyarse en todos los sacerdotes que desean evangelizar el mundo del siglo XXI; por primera vez, Benedicto XVI concretizó su deseo de una mayor comunión con los defensores, de la primera hora, de la liturgia tradicional; decidió que, por primera vez desde 1971, el rito gregoriano ya no estuviera más relegado al rango de un subderecho. Es un gran paso para la paz de la Iglesia, su liturgia y su unidad.
Por nuestra parte, hemos puesto todo en obra para pedir la mejor solución posible: buscar en Burdeos la conciliación del Cardenal Ricard con respecto a la parroquia St-Éloi, viva y llenada de fieles; convencer a la Santa Sede de concedernos la misa tradicional con la garantía de un rito propio, con el fin de asociarnos en paz al trabajo misionero de las parroquias.


¿La fundación del Instituto del Buen Pastor sería una enésima tentativa romana para normalizar sacerdotes tradicionalistas?

Esta fundación puede parecer reproducir una lógica ya conocida de normalización bajo condiciones. Pero para un ojo atento, el contexto y el escenario son enteramente nuevos y los comentarios de los medios de información, favorables u hostiles, no se equivocan. La novedad más evidente de los estatutos y del decreto de erección del Buen Pastor por La Santa Sede, esto es el reconocimiento por Roma de la forma tradicional de la liturgia (misa y todos los sacramentos, según los libros de 1962), como “rito propio” y “exclusivo” del Instituto y la facultad de discutir de la recepción de Vaticano II y de sus rupturas.


¿Por qué este privilegio del “rito propio”, reservado a algunos sacerdotes pero no presentado como un derecho para todos? El peligro de gueto existe…

Como lo destacaba Mons. FELLAY en su carta al cardenal CASTRILLON del 6 de junio 2004, “no vemos cómo podíamos llegar a un reconocimiento sin pasar por una serie de etapas.” No se puede en efecto imaginar llegar a una mayor libertad de la misa tradicional sin etapas. Ahora bien, nadie puede negarlo, una etapa irreversible acaba de ser cruzada por el Santo Padre este 8 de septiembre de 2006 creando el “rito propio”: la era del gueto, las capillas-garajes o la franja horaria consentida para la misa gregoriana en una iglesia periférica va pronto a pasar. El término por otra parte no debe dar miedo: el papa nos confía esta misión de abrir verdaderas parroquias, no territoriales sino personales, fundadas exclusivamente sobre esta liturgia, y accesible a todos los fieles que lo deseen, sin condiciones geográficas u otras. El convenio firmado en Burdeos el 1 de febrero de 2007 para la parroquia San-Eloi concreta esta misión. Ya en esta iglesia, desde el domingo 10 de septiembre, la asistencia a las misas el domingo y en semana aumentó de golpe del 25% al 30%, venida de todas las partes. Algunos encuentran la práctica después de años. Numerosos jóvenes vienen a rezar. No hay allí la sombra de un “comunitarismo”, sino al contrario un estímulo misionero. El gueto comienza cuando, por temor, se concibe su propia separación como una comodidad y un bien. Es una actitud que él mismo Mons. Lefebvre jamás compartió.


¿Serán llevados a concelebrar en el nuevo rito?

No. Por una parte, nuestros estatutos, que recibieron la aprobación del Santo Padre, sólo nos permiten celebrar el rito tradicional. Por otra parte, según el Derecho Canónico, nadie puede obligar a un sacerdote a la concelebración quien queda enteramente libre. ¿Esta libertad de no concelebrar debería sufrir presiones? ¿No debe respetarse en la Iglesia? La comunión incluye esta libertad y no puede destruirla.


¿Cuál es el engranaje para el futuro del rito tradicional?

Según lo que quiso el papa, “rito propio” quiere decir que ya no se trata del “indulto”, de una concesión o de un salvoconducto, sujeto a las cláusulas restrictivas del Motu proprio Eclesia Dei de 1988, sino de un pleno derecho de celebrar el rito tradicional, sin condiciones. Es la primera vez desde su supresión en 1971 que la misa de San Pío V (que se remonta realmente a San Gregorio el Grande, papa del siglo VI), es objeto de un verdadero reconocimiento en el derecho romano. Esta apertura es mayor. La interdicción sobre la misa gregoriana se suprime en su principio. La ampliación de este derecho para otros sacerdotes seguirá ciertamente. Por el momento, verdaderas parroquias “determinadas por el uso de los libros litúrgicos de 1962”, como San Éloi, podrán abrirse en Francia e irradiar por la belleza de la liturgia antigua de manera ordinaria. Es un paso considerable hacia una comunión más abierta a sus propias raíces y a su Tradición.


¿Debieron pedir perdón o firmar concesiones?

Negociamos en Roma y mantuvimos conversaciones pastorales y doctrinales, en un clima de confianza recíproco y no de arrepentimiento. La Santa Sede recibió varios ejemplares del libro No lugar sobre un cisma, (No hay lugar a un cisma) publicado en noviembre de 2005, como preliminar informal a nuestras conversaciones, y este libro ha sido leído y bien acogido, no solamente en su parte jurídica, sino teológica. Ninguna retractación se nos pidió sobre nuestros escritos. Lo que pone de manifiesto que nuestro acuerdo no es un acuerdo en primer lugar práctico, sino un acuerdo sobre el fondo que deja un gran margen de debate doctrinal.


¿No se vinculan con el Motu proprio Eclesia Dei?

Obviamente no hay que confundir la Comisión pontificia Eclesia Dei, marco jurídico de nuestro Instituto, con el Motu proprio del mismo nombre que fue un texto de condena y exclusión. Las cosas evolucionaron en Roma desde ese documento del 2 de julio de 1988, que ofrecía una concesión a la misa tradicional, pero este ofrecimiento quedando sujeto a condiciones: la aceptación, sin debate posible, de las formas postconciliaires del magisterio, en nombre de la famosa tradición “viva”. Estas condiciones quedaban lógicamente vinculadas a la sentencia de excomunión y a la acusación de cisma, cuyo libro Non-lieu sur un schisme (No hay lugar a un cisma), presentado a Roma, demuestra la injusticia y la falsedad. No es pues sobre la base del Motu proprio que negociamos, sino sobre la base de los principios (como son defendidos en este libro). Para el Buen Pastor, las condiciones de 1988 ya no se aplican: celebramos la misa tradicional con pleno derecho.


¿Qué es entonces de su compromiso con relación al Vaticano II?

Es innegable que Vaticano II plantea a la Iglesia las cuestiones esenciales de la modernidad: la conciencia, la libertad religiosa, la verdad, la razón y la fe, la unidad natural o sobrenatural del género humano, la violencia y el diálogo con las culturas, etc. Pero el Concilio data de 1965 y hoy ya no es más un discurso cerrado. Lo reconocemos por lo que es: un concilio ecuménico que depende del magisterio auténtico, pero no infalible en todo punto y, debido mismo a sus novedades, en observación a algunas dificultades en su continuidad con el Evangelio y la Tradición. Ante el falso “espíritu del Concilio” que especialmente puso en cuestión el 22 de diciembre 2005 delante de la Curia como una causa de “ruptura” en la Iglesia, Benedicto XVI afirma que se propone someter el Vaticano II a una relectura para dar una interpretación auténtica, aún a venir. En esta perspectiva, se nos invita a realizar de manera constructiva, a nuestro modesto nivel, un trabajo crítico. El debate fundamental que está latente desde hace cuarenta años va a poder abrirse en el seno de la Iglesia, sin espíritu de sistema, sobre los puntos principales de discontinuidad colocados por el Concilio y que perturban la fe.


El Buen Pastor es una Sociedad de vida apostólica de derecho pontificio ¿Qué diferencia hay con una prelatura personal o una administración apostólica? ¿De qué obispo dependerán?

El Buen Pastor es más independiente que una prelatura personal, la cual pediría el acuerdo del obispo del lugar para la implantación de todas sus casas. Una sociedad de vida apostólica - al igual que una administración apostólica - tiene necesidad del acuerdo del obispo y depende de él en cuanto a la misión junto a los fieles, en cuanto se trate de recibir el cargo de una parroquia. En cambio, si se trata de abrir para sus miembros una escuela, un seminario, un centro cultural o una capilla privada, el Buen Pastor no dependerá de la jurisdicción del obispo del lugar. Sólo depende de la Santa Sede para la jurisdicción sobre sus miembros y puede escoger al obispo que quiera para las ordenaciones. Los otros ministerios posibles (capellanía, servicio de los enfermos, etc.) deberán hacerse en una concertación armoniosa con los obispos y el clero diocesano, a la cual el Derecho canónico invita - y obliga – a los unos y a los otros.


¿Este nacimiento del Buen Pastor augura un cambio en el paisaje católico francés?

Hay en los hechos, si no en los espíritus, un esbozo de cambio considerable, tanto es cierto que el comienzo ya es la mitad de la cosa. Los obispos se comprometieron en Lourdes en abril de 2006, a acoger a los tradicionalistas. La fundación del Buen Pastor es una señal de esperanza que modifica la suerte difícil que les reservaba hasta aquí una parte de los responsables franceses: en la actualidad, el convenio firmado con el cardenal Ricard, el Presidente de la Conferencia de los obispos de Francia, para acoger la sede del Buen Pastor en San Éloi en su diócesis de Burdeos, incluso si encuentra aquí y allí la incomprensión, señala un cambio de dirección en beneficio de la reconciliación y la concertación entre hermanos de la Iglesia Católica. La cohabitación a niveles diferentes, como lo expresó el cardenal Ricard, pedirá a los unos y a los otros flexibilidad, respeto mutuo y caridad; “Hay varias moradas en la casa del Padre. »

Decreto de erección Pontificia Comisión « Ecclesia Dei »

Pontificia Comisión « Ecclesia Dei »

Decreto N° 118/2006

Nuestro Señor Jesucristo es realmente el Pastor y obispo de nuestras almas; el apóstol Pedro lo enseña en su primera epístola (I P 2, 25). Al mismo título, exhorta a los fieles a seguir las huellas del Pastor. Esta exhortación del apóstol, evidentemente, debe ser seguida por todos los cristianos. Pero ella incumbe en primer lugar a aquellos que han sido llamados a ejercer en la Iglesia un cargo de pastor, es decir, a los obispos mismos y a sus cooperadores sacerdotes y diáconos, para quienes Cristo Buen Pastor, el que da la vida por sus ovejas, es el ejemplo manifiesto de la vida y el ministerio apostólico.

En un cierto número de diócesis de Francia, los fieles unidos a las precedentes formas litúrgicas del rito romano carecen de pastores disponibles para proporcionar a los obispos una ayuda eficaz en el cuidado pastoral de estos fieles.

Recientemente, en la arquidiócesis de Bordeaux, ha aparecido un grupo de algunos sacerdotes bajo el patronato del Buen Pastor; los miembros de este grupo se esfuerzan por ayudar a su Eminencia reverendísima Jean-Pierre Cardenal Ricard en el trabajo parroquial, en principio destinados a los fieles resueltos a celebrar la antigua liturgia romana. El mismo Arzobispo, convencido de la gran utilidad de tales cooperadores, recibe en sus diócesis a esta comunidad, confiándole la iglesia de San Elías, situada en su ciudad episcopal, con el encargo pastoral de estos fieles.

Y como este nuevo Instituto quiere ofrecer también a otros obispos que lo deseen su servicio pastoral, esta comunidad, en las circunstancias particulares del tiempo presente, humildemente ha solicitado ayuda y sustento a la Sede Apostólica.

Habiendo sopesado bien todos estos elementos, la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, recibiendo con beneplácito esta petición y con la ayuda del socorro divino, en virtud de las facultades que le han sido atribuidas por el Soberano Pontífice Benedicto XVI, después de haber informado al Prefecto de la Sagrada Congregación para los institutos de vida consagrada y las sociedades de vida apostólica, erige como sociedad de vida apostólica de derecho pontificio, en la ciudad de Bodeaux y más precisamente en la iglesia de San Elías:

El Instituto del Buen Pastor

Así, la Comisión aprueba por cinco años, ad experimentum, las constituciones de dicho Instituto tales como se encuentran en el texto puesto en anexo a este decreto.

Confiere a los miembros de este instituto el derecho de celebrar la sagrada liturgia utilizando, como su rito propio, los libros litúrgicos en vigor en 1962, a saber: el misal romano, el ritual romano y el pontifical romano para conceder las órdenes, y también el derecho de recitar el oficio divino según el breviario romano editado en el mismo año.

Por último, ella nombra al reverendo padre Philippe Laguérie como primer superior de este Instituto.

No habiendo nada en contrario que constituya obstáculo.

En la Sede de la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei",

En la fiesta de la Natividad de la Virgen María, el 8 de septiembre 2006

Darío Cardenal Castrillon Hoyos,
Presidente.

Camille Perl
Secretario.

¿Que es el Instituto del Buen Pastor?

¿Que es el Instituto del Buen Pastor?

El Instituto del Buen Pastor es una sociedad de vida apostólica de derecho pontificio erigida conforme a las normas del derecho canónico (can. 732) sus miembros quieren ejercer su sacerdocio en la tradición doctrinal y litúrgica de La Santa Iglesia Católica Romana.

El rito propio del Instituto, en todos sus actos litúrgicos es el rito romano tradicional, contenido en los 4 libros litúrgicos que regían en 1962 a saber el pontifical, el misal, el breviario y el ritual romano.

Sus miembros extraerán en la celebración cotidiana de la Santa Misa por sus miembros sacerdotes (o en la asistencia a la misma por sus miembros no sacerdotes) la eficacia inagotable y siempre renovada de su ministerio exterior

Los sacerdotes recordaran cada día el privilegio único de su conformidad a nuestro señor Jesucristo en la celebración del Santo Sacrificio vivirán ellos mismos de este precioso tesoro.

Lejos de guardar esta insigne gracia para ellos, la comunicarán abundantemente en y por la Iglesia, según la recomendación de San Agustín "Christiani propter nos, episcopi propter vos"

COMO LLEGAR AL ORATORIO.

viernes, 17 de agosto de 2007

click aqui para Buscar ruta desde cualquier punto de Santiago

PLANO Nº1
PLANO Nº2



Oratorio Santa Teresita del Niño Jesús - sede del IBP
Santigo de Chile
Calle Froilán Roa 4594, Macul
Codigo Postal 782-0379
Teléfono: +56 (2) 294 9184,
Cel: +56 (09) 833 1127
(La dirección se encuentra ubicada en Froilán Roa con Monseñor Carlos Casanueva(EX-VASCONIA)), al poniente de la Avenida Macul,entre Exequiel Fernandez y Av. Macul, +o- 120 metros al sur del nacimiento de la calle froilan Roa (bifurcacion, punta de diamante)).

Para acceder desde el sector oriente, tome Americo Vespucio, salga de la carretera en la salida "LAS TORRES", al llegar a la bencinera vire a la derecha, por ese pasaje al fondo llegara a "El Libano", vire a la izquierda y encontrará "Av.Macul", LUEGO GUIEESE POR LOS PLANOS 1 y2.-.



SUMMORUM PONTIFICUM CURA: Benedicto xVI da Via Libre a Misa Tradicional

El Santo Padre "Decreta que se obedezca lo mandado", por tanto Nadie puede exigir requisitos diferentes, ni a sacerdotes ni a fieles, a los establecidos en el documento Pontificio... AGNUS.

Algunas puntos de relevancia del Motu Proprio:
…habiendo sopesado todos los elementos, invocado el Espíritu Santo... por la presente Carta Apostólica, Apostólica
Decretamos LO SIGUIENTE:
Art. 1. ... es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa de acuerdo con la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 y nunca abrogado, como la forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia…

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.
...Art. 3. Si Comunidades o Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica de derecho pontificio o diocesano desean tener una celebración de la Santa Misa según la edición del Misal Romano … 1962 en una celebración conventual o comunitaria en sus propios oratorios, esto está permitido. …
Art. 4. … incluso los fieles..., pueden ser admitidos a la Santa Misa mencionada en el art. 2….
Art. 5, § 1. En parroquias donde un grupo de fieles adheridos a la previa tradición litúrgica existe de manera estable, que el párroco acepte a sus pedidos para la celebración de la Santa Misa de acuerdo al rito del Misal Romano… 1962. …
§ 2. La celebración … puede realizarse durante los días de semana,... los Domingos y días de fiesta debe haber sólo una de estas...
§ 3. Que el párroco permita celebraciones de esta forma… matrimonios, funerales o celebraciones ocasionales,...
§ 5. En las iglesias que no son ni parroquiales ni conventuales, es el Rector de la Iglesia quien concede el permiso arriba mencionado…
…Art. 7. Donde un grupo de fieles laicos,... no obtiene lo que solicita del párroco, debe informar al Obispo …. Al Obispo se le solicita seriamente acceder a su deseo. …
Art. 9, § 1….un párroco puede,... dar permiso para el uso del ritual más antiguo en la administración de los sacramentos del Bautismo, Matrimonio, Penitencia y Unción de los Enfermos, según sugiera el bien de las almas.
§ 2. Se concede a los Ordinarios la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación utilizando el anterior Misal Romano …
Art 10. Es lícito que el Ordinario local, ... erija una parroquia personal ...para las celebraciones según la forma anterior del Rito Romano o nombrar un rector o capellán,
Todo lo que es decretado por Nosotros mediante este Motu Proprio, ordenamos que sea firmado y ratificado para ser observado a partir del 14 de Septiembre de este año,…, pese a todas las cosas en contrario.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 7 de julio en el Año del Señor de 2007, Tercero de nuestro Pontificado. BENEDICTO XVI

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EXULTET IBP